Deslinde: El nuevo requisito para transferir un inmueble

inmuebleLa ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario de la República Dominicana contiene una serie de nuevos requisitos para realizar una operación inmobiliaria en el país. Uno de ellos es que a partir del 4 de abril del 2009, -es decir, 2 años con posterioridad a su entrada en vigor,- se hace necesario un procedimiento de deslinde antes de que la Oficina de Registro de Títulos pueda registrar cualquier afectación o modificación de un derecho inmobiliario, como lo sería una transferencia por venta, sucesión o donación.

El procedimiento de deslinde, necesariamente realizado por un agrimensor, implica la individualización de su propiedad respecto a los otros inmuebles que la rodean, lo que va a permitir que tenga su propia designación catastral y un Certificado de Título único y separado.

Este conlleva tres etapas, a saber: a) Etapa Técnica, en la que el agrimensor realiza el trabajo de medición y ubicación exacta del inmueble, obligatoriamente con un G. P. S. y previa notificación a los copropietarios colindantes y cualquier otro tercero interesado. Posteriormente, el agrimensor debe someter su trabajo a la aprobación de la Dirección Regional de Mensuras competente para su aprobación, la que le dará al inmueble la designación catastral correspondiente; b) Etapa Judicial, en la que se somete el deslinde ante el Tribunal de Jurisdicción Original competente. Allí, se invitan a comparecer los copropietarios colindantes y terceros interesados para que expongan su conformidad u oposición al procedimiento. En caso de ser aprobado  el juez dicta una resolución ordenando al Registro de Títulos competente cancelar la Carta Constancia que amparaba la porción deslindada, y emitir el nuevo Certificado de Título con la nueva designación catastral otorgada por la Dirección Regional de Mensuras para el inmueble deslindado; c) Etapa Registral, que implica la ejecución de lo ordenado en la Resolución del Tribunal por parte del Registrador de Títulos.

Cualquier transferencia o modificación del derecho inmobiliario podrá ser sometida junto al procedimiento de deslinde, para que el Certificado de Título se expida directamente con la modificación indicada. En una próxima entrada, hablaré sobre los demás pasos que se deben llevar a cabo para transferir una propiedad inmobiliaria, según la nueva legislación.

Soy abogada

mee(Para mis antiguos estudiantes de 7mo. curso del Albergue Infantil de Moca)

Como abogada, constantemente me veo sometida a los chistes (la mayoría de muy mal gusto) de personas que catalogan a los abogados como verdaderas arpías que sólo intentan engañar.

Parte de esa fama viene dada por la actitud de muchos colegas a los que sólo les importa ganar dinero, aún en perjuicio de su propio cliente. Esto es reforzado por la opinión de la parte contraria en un proceso, la que normalmente siempre ve de mala manera al abogado de su contrincante, porque éste es quien da la cara en los tribunales y mesas de negociación.

Sin embargo, se olvida que el abogado es un simple representante de los intereses de su cliente, que, -con ciertas excepciones,- no tiene ningún interés personal en el proceso. Lo único que busca es que el pleito culmine de la mejor manera posible, a favor de aquel que lo contrató.

Por eso, cuando usted se dirija donde su abogado, no lo vea como su enemigo. Al contrario, sea un libro abierto y vaya con la verdad. Esa es la única forma en que él podrá ayudarlo y culminar su caso exitosamente. Y cuando se trate del abogado contrario, no lo juzgue a él, porque simplemente está haciendo su trabajo de la mejor manera posible.

Yo por mi parte, a pesar de todos esos chistecitos que les digo, me siento plenamente feliz con la elección que hice al estudiar Derecho.

Sí, tenemos que cobrar porque de eso vivimos, pero más que eso, es muy satisfactorio saber que colaboramos para que a alguien se le respeten sus derechos y para que la sociedad en que vivimos sea cada vez más justa.

Y créanme, no hay nada mejor que hacer día a día lo que a uno le da felicidad.

Igualdad

imagen igualdadEl deseo de combatir las ideas y tratamientos discriminatorios ha sido motivo de las más diversas revoluciones, gracias a las cuales hoy en día, se reconoce la igualdad, -al menos ante la ley-, como un derecho.

Algunos de los propulsores de ideas discriminatorias se apoyaban en la teoría de la evolución de Charles Darwin para justificar las supuestas diferencias sociales existentes entre los seres humanos. Lo irónico era que con sus planteamientos, Darwin nunca quiso demostrar que había seres superiores a otros y se oponía fervientemente a la existencia de clasificaciones dentro de la especie humana que generara tratos distintos

Pero, la historia ha demostrado que no todos estamos en la misma posición, por eso es que se deben tomar medidas que favorezcan a los que se suponen más débiles. Esto justifica la sobreprotección otorgada por la ley a los trabajadores, los menores de edad, los ancianos, los consumidores…

Definitivamente, una de las luchas que más ha dado agua de beber es aquella que busca combatir las diferencias de trato que se da entre las mujeres y los hombres.

Por un lado, están las actuaciones desiguales en contra de las mujeres. Solo hay que ver cómo todavía nosotras trabajamos igual que los hombres por salarios inferiores y se nos sigue valorando por lo “buenas esposas” que podemos ser. Ah, pero los peores enemigos del movimiento de “liberación femenina” no son precisamente los hombres, sino peor aún, las mujeres que se denigran a sí mismas, las “Yuleidys” y las propias “buenas esposas”.

Por el otro lado, no podemos obviar algunos excesos de protección injustificados hacia las mujeres que perjudican a los hombres. Ahí me llega a la mente la legislación que obliga a los partidos a reconocernos una cuota de participación independientemente de nuestra labor. ¿No piensan ustedes que este es un privilegio irritante que nos cataloga como débiles y que en nada ayuda a combatir las ideas discriminatorias?

Pero esto no es nada más en la ley, sino que, como me decía un colega en días pasados, cuando se trata de la protección contra la violencia de género, el trato desigual también sale a relucir. Ahí, él me ponía de ejemplo todas las veces que ha tenido clientes hombres que han sido golpeados por sus mujeres o han sido víctimas de acoso, violencia verbal o de cualquier tipo, en que la actitud del departamento encargado de prevenir y sancionar estos hechos es prácticamente una burla, porque parece que el hombre debe ser inmune a estos actos y aguantarse.

¿Machismo, feminismo, falta de hombría, mujer con pantalones?

Pleno siglo XXI y parece que faltarán muchas más revoluciones. Pero si hay algo que hay que entender ya, es que las mujeres y los hombres jugamos roles diferentes, tenemos intereses diferentes, somos fisiológicamente diferentes, nos comportamos diferente, hasta nos enamoramos diferente… y en ese marco, el trato EQUILIBRADO es el que nos dará la IGUALDAD deseada.

(Imagen tomada de www.viajeamacondo.wordpress.com)

Adivina adivinador, pobre del consumidor

Se abre el telón. Aparece una conversación entre un cajero de una tienda española en Santo Domingo y una clienta (yo).

Empleado: Joven, -para que lo sepa-, el precio de esta blusa en realidad es 200 pesos más que lo que dice la etiqueta.

Yo: (Ah, gracias por el “favor” de advertírmelo después de haberla facturado) Bueno, imagínate, ¿qué se va a hacer?, ya cóbrala… pero en realidad los del error son ustedes y deberían cobrármela al precio más bajo, que es el que dice la etiqueta.

Empleado: Sí, pero es que algunas de las nuevas mercancías tuvieron un problemita, y en el sistema, que viene de España así, es así que me registra el precio y no lo puedo cambiar.

Yo: Sí, pero te aseguro que si fuera en España, ese problemita se solucionaría a mi favor, pero como es aquí, que Ustedes no respetan al consumidor…

Empleado: Eh…

Se cierra el telón.

Se abre el telón nuevamente y aparece una conversación entre una clienta (yo otra vez) y la “encargada” de la Óptica Félix de la Lincoln. Para ambientar les digo que fui a reclamar porque hacía apenas tres meses había comprado mis lentes para ver mejor y un día, sin ni siquiera tocarlos, se me cayeron de la cara rotos a la mitad.

Encargada (con la mayor de las arrogancias): No tienen arreglo. Dicen los técnicos que esos lentes de pasta son prácticamente irrompibles, por eso no les damos garantía.

Yo: (Ah, pero cuando vine a pagarlos solo me hablaron de lo bien que me quedaban). ¡Pero precisamente la inversión que hice en ellos fue porque se supone que son buenos y Ustedes me tienen que dar garantía de cualquier cosa que yo compre aquí! ¡Si hubiera sabido compro cualquier disparate más barato!

Encargada: Bueno, le puedo dar un descuento si compra otros que nos quedan del mismo modelo.

Yo: (Yo no quiero comprar otros, quiero que me arreglen los míos o que Ustedes se hagan responsables y me los cambien por otros). ¿O sea que para que ustedes me respondan por la mala calidad de sus productos tengo que mandarles una intimación?

Encargada: Mmm… Haga lo que Usted entienda.

Se cierra el telón.

Se abre el telón nuevamente. Aparecen dos clientas caminando en los pasillos de uno de los supermercados de la Lincoln (una señora que no conozco y yo).

Señora: ¡Ay Dios!, ¿Cuáles serán los Corn Flakes que tienen azúcar?

Yo: Déjeme ver Doña. Ah mire, éstos.

Señora: (Los mira y los mira)… ¿?… ¿?

Yo: Sí, mire, dice “sweetened”.

Señora: Ay es que estos productos están todos en inglés, imagínate…

Se cierra el telón.

¡¿Cómo se llama la obra?!: La ley de protección a los derechos del consumidor y usuario violada en su máxima expresión. Sí, una historia de terror para los consumidores en la República Dominicana, en la que los proveedores hacen lo que les da la gana.

Estas son historias que tomé como ejemplo porque fueron situaciones que viví directamente y puedo dar fe de que ocurrieron así tal cual. Pero mi objetivo es, -igual que cuando conté la historia de Tricom y del Departamento de Pasaportes-, recordar la importancia de la ley de protección a los derechos del consumidor o usuario, No. 358-05.

Esta es una ley en vigencia desde el 2008, que tiene como guardián a Proconsumidor (ubicada en la Charles Summer, casi frente a Price Smart) y no solo beneficia a las personas físicas, sino también a las compañías cuando actúan como consumidoras… ¡Sí, en algún momento de nuestras vidas, todos y cada uno de nosotros somos consumidores!

Por eso, su cumplimiento debe ser exigido por cada ciudadano, simplemente porque ello provocará que haya mayor calidad en los servicios y los productos que adquirimos, y en consecuencia, mayor seguridad jurídica en el mercado dominicano. Consumidores mejor servidos, consumidores que más adquieren. Piénsenlo, ¡Todos salimos ganando!

He de obligarte a vivir

GaturroUno de estos días en los que buscaba en internet me encontré con unos blogs de jóvenes que me llamaron la atención porque todas sus creadoras eran “amigas de Ana”. No pude evitar la curiosidad de saber quién era la tal Ana, por qué era digna de admiración y qué había hecho para que tantas personas quisieran ser su amiga.

Inmediatamente comencé a investigar y lo que descubrí fue que la “amiga Ana” es el nombre que las jóvenes utilizan para referirse a la anorexia nerviosa y la bulimia, dos trastornos alimenticios vinculados a una autoestima, autoimagen y autoconcepto pobre y otros problemas de la personalidad que pueden ocasionar la muerte. Lo que leí me aterrorizó, por tratarse de blogs en los que se amigan personas para apoyarse y motivarse a ser parte de este grupo, narran cómo ocultan lo que hacen a sus familiares y en varios de ellos se aplaude y propicia este tipo de enfermedades.

Es cierto que vivimos en un país libre donde muchos aspiran a que haya la más mínima intervención del Estado en sus actuaciones y en el que otros alegan que cada quien puede hacer lo que quiera con su vida siempre y cuando no le afecte al otro, pero la realidad es que ante este tipo de situaciones el Estado dominicano no puede estar ajeno.

Primero porque es la propia Constitución Dominicana la que en su artículo 8 establece que su función esencial es, entre otras cosas, la protección efectiva de los derechos de la persona y la obtención de los medios que le permitan desarrollarse. Esta disposición no puede considerarse como simple letra muerta, pues ella es la que lo obliga a intervenir en asuntos como este en los que las personas, por motivo de una enfermedad o trastorno, no valoran su propia vida y peor aún, motivan a otros para que copien conductas dañosas.

Segundo, porque en su mayoría, quienes forman parte de las “amigas de Ana”  son jóvenes menores de edad que requieren una mayor protección, y el legislador ha sido claro en esto, tal como se observa en el Código de niños, niñas y adolescentes (CNNA) que establece que el Estado tiene la obligación indeclinable de tomar todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para garantizar que todos los niños, niñas y adolescentes disfruten plena y efectivamente de sus derechos, en especial el de la salud, la vida y el de desarrollarse en un ambiente sano.

¿Qué sugiero que haga el Estado en este caso?

1º. Tomar medidas más activas de prevención y tratamiento a través de los organismos encargados, dependientes del Ministerio de Salud Pública, tal como mandan los artículos 79 y 89 de la ley 42-01, General de Salud.

2º. Modificar la legislación para que todo aquel que promueva este tipo de trastorno pueda ser perseguido y sancionado como si hubiera cometido un intento de homicidio o como si fuera cómplice de un asesinato si es que se provoca la muerte de una persona, con lo que se respetaría el principio de legalidad de la persecución penal. Esto iría acompañado de la posibilidad de ingresar a la persona afectada en un centro de tratamiento aun en contra de su voluntad (si es menor de edad), y ameritaría realizar investigaciones profundas, en las que incluso se determine si intervino alguna negligencia o imprudencia de los padres, porque ello puede provocar la suspensión de su autoridad (artículo 74 CNNA).

3º. Utilizar la tecnología para bloquear el acceso de los usuarios menores de edad a dichas páginas. Esta intromisión en el derecho a la información (art. 27 CNNA) se justifica por el interés de preservar la salud de dichos menores.

Frente a las últimas opciones sé que muchos dirán que soy muy dura, que esos son temas que deben dejárseles a los padres y que no se puede utilizar la ley para resolver lo que debe arreglarse con la educación, pero ¿no es acaso ese el objetivo de toda ley escrita que regula nuestras actuaciones en la sociedad?, ¿no busca toda ley con la que se sanciona resolver temas de conducta que debieron haber sido resueltos en el hogar?, ¿no ameritan estos casos la mayor intervención posible de todos aquellos que puedan prevenir la muerte de una persona? ¿no está la preservación de la vida del prójimo como uno de los objetivos más importantes de nuestra propia vida?

¿Ustedes que creen? 

 

Creando inteligencia

maitena-aburridaNo tengo talentos especiales, pero sí soy profundamente curioso. Albert Einstein (1879-1955)

El otro día vi en la televisión un documental realizado por National Geographic Channel llamado “My brilliant brain”, en el que se analiza la vida de Susan Polgar, una húngara-americana que a los 15 años logró el título de mejor jugadora de ajedrez del mundo.

Cuando era más joven, Susan Polgar dedicó años a intensos entrenamientos que moldearon su cerebro, incluso transformándolo físicamente. Logró memorizar una cantidad impresionante de jugadas, lo que hace que, contrario a un aficionado, ella no tenga que desperdiciar mucho tiempo pensando en los movimientos de las fichas. Como toda una experta juega prácticamente sin pensar, basándose en juegos anteriores, lo que le permite adivinar el movimiento de sus contrincantes de una manera inteligente, antes de que hagan la jugada… como si les leyera la mente.

¿Qué conclusión se sacó de este estudio? Que las habilidades mentales son intuitivas, que la información memorizada puede durar toda la vida impresa en el cerebro (¡por eso es que todos podemos recordar la primera lección del libro Nacho!), y en especial, que “los genes se pueden crear”. Su padre comprobó su teoría: “Un genio es igual a trabajo más circunstancias afortunadas”.

Y eso precisamente fue lo que me motivó a escribir esta publicación, si se pueden “crear los genes”, si el cerebro, al igual que el cuerpo humano, puede ser moldeado con mucho entrenamiento, eso quiere decir que sí es posible crear inteligencia. Eso quiere decir también que los comportamientos mediocres son injustificados, que no es cierto que “el dominicano es bruto de nacimiento”, y definitivamente, eso elimina las excusas para no aprender o ser capaz de lograr cualquier cosa.

¿Cómo vincular el contenido de ese documental con la ley dominicana para poder escribir sobre ello en este blog? ¿Podría sugerir modificaciones a la ley de educación o alguna ley vinculada? ¿Podría sugerir modificaciones a todo el sistema educativo? ¿Podría sugerir modificaciones en nuestras conductas? Realmente ninguna idea me convenció, pero era impensable no compartir toda la información de la vida de Susan Polgar para que los lectores de mi blog se inspiraran al igual que yo y aprendieran las mismas lecciones que yo aprendí al ver su documental… Hay muchos caminos para alcanzar el éxito, pero definitivamente, el camino más seguro es el de la disciplina y la dedicación.

Susan Polgar no nació con un cerebro extraordinario, sino que fue creado gracias a una niñez extraordinaria.

Encontré unos vínculos en youtube con partes del documental, algunas en español y otras en inglés, aquí se los dejo para los que lo quieran ver: