Comparto con ustedes un artículo que escribí para la revista Gestión & Competitividad del mes de junio. En esta ocasión lo enfoco desde el punto de vista del empresariado, pero en algún momento escribiré también defendiendo a los trabajadores. Espero sus comentarios.
«Recientemente el empresariado dominicano ha solicitado una reforma de la legislación laboral, orientada entre otras cosas, a la eliminación del auxilio de cesantía que deben pagar a los trabajadores al terminar un contrato de trabajo. Sin embargo, es necesario preguntarse si dicha eliminación realmente creará una ventaja al sector.
Lo primero que hay que reconocer es que cuando un contrato cualquiera es terminado por una parte de manera unilateral, surge la obligación para ella de indemnizar a la otra por los daños y perjuicios que esto le cause.
El auxilio de cesantía es la indemnización prevista por el legislador laboral junto al preaviso, cuando el contrato de trabajo termina por despido injustificado, dimisión del trabajador por incumplimiento del empleador a sus obligaciones y desahucio o terminación sin causa ejercido por el empleador. Con ello se le indica a las partes y los jueces cuál es el monto exacto de indemnización que debe pagar el empleador, quienes solo pueden condenarlo a una suma adicional si se demuestra que él ha cometido además una falta que ha ocasionado un daño al trabajador.
De eliminarse el auxilio de cesantía, los jueces tendrán mayor libertad de interpretación en cada caso para determinar la suma a pagar por los empleadores como indemnización por la referida terminación. Siendo así, no habría un monto mínimo, pero tampoco habría un monto máximo de condena, lo que puede resultar en desventaja para el empleador. Además, al eliminarse dicho límite se dificultaría para las empresas la determinación de la contingencia para cada caso.
Siendo así, tal vez la cura requerida por los empresarios sea peor que la enfermedad, lo que hace necesario buscar una solución más efectiva al problema que le ocasiona el pago de auxilio de cesantía, como sería por ejemplo la disminución del monto a pagar, haciendo una clasificación en la que además de tomarse en cuenta el tiempo de duración del contrato de trabajo para su cálculo, -como ocurre ahora-, también se valore la realidad económica de la empresa o del sector a la que pertenece».