INMUEBLES Y MATRIMONIO

matrimonio El matrimonio trae consigo muchos cambios para la pareja, que no solamente se van a reflejar en su estilo de vida, sino también en su patrimonio. La regla general dispuesta en el artículo 1400 del Código Civil es que si una persona se casa con otra sin hacer ningún tipo de acuerdo especial de separación de bienes, se va a considerar que todo lo que adquiera por compra después de ese momento y durante el tiempo que dure el matrimonio pasa a ser propiedad común de ambos y cada uno tiene derecho al 50% de ese bien.

Asimismo, según el artículo 1402 del Código Civil, para que un bien inmueble se considere como propio y exclusivo de uno de los esposos este tiene que probar (a) que lo adquirió o lo poseyó antes del matrimonio, o (b) que lo adquirió por sucesión o donación, de lo contrario se presume que entra dentro de la comunidad.

La Suprema Corte de Justicia ha reconocido esta situación al decidir que si uno de los cónyuges compra un inmueble antes de la celebración del matrimonio, este inmueble se mantiene siendo exclusivamente suyo, a pesar de que se termine de pagar o que la compra se registre luego de haberse casado (Sentencias dictadas por la Tercera Sala de la SCJ no. 3 del 3 de octubre de 2001, B. J. 1091 y no. 2 del 1 de octubre de 2003, B. J. 1115).

Igualmente, la Suprema Corte de Justicia se ha pronunciado cuando se trata de inmuebles no registrados que son poseídos por una pareja de esposos, en cuyo caso se entiende que la posesión es un derecho que entra dentro de la comunidad de bienes que ambos forman, y por lo tanto, si se divorcian, debe considerarse a cada uno como titular del 50%. Pero cuando se trata de un inmueble no registrado que empezó a ser ocupado por una persona soltera, este bien sigue siendo exclusivamente suyo aun cuando se encuentre casado en el momento en que se hace el saneamiento (procedimiento para registrar un inmueble y obtener un certificado de título).

En definitiva, según la ley y la Suprema Corte de Justicia, las reglas son las siguientes:

Inmueble comprado antes del matrimonio: No es parte de la comunidad

Inmueble comprado durante el matrimonio: Es parte de la comunidad

– Inmueble donado a, o heredado por un esposo: No es parte de la comunidad

– Inmueble comprado antes del matrimonio que se termina de pagar después del matrimonio: No es parte de la comunidad

– Inmueble no registrado que se empieza a ocupar antes del matrimonio y que se registra después del matrimonio: No es parte de la comunidad

Inmueble no registrado que se empieza a ocupar durante el matrimonio: Es parte de la comunidad

Si tienen alguna inquietud, por favor escríbanme a natacha1207@hotmail.com

15 comentarios en “INMUEBLES Y MATRIMONIO

  1. Mayra Mercedes dijo:

    Y si se demuestra, con pruebas fehaciente que uno de los cónyuges durante el matrimonio produjo más pérdidas que ganancias, qué pasa con la separación de bienes? Leí de un caso en que el esposo perdió el derecho al 50% porque produjo pérdidas durante el matrimonio.

    • NATACHU DOMINGUEZ ALVARADO dijo:

      Hola Mayra. Si están casados por comunidad de bienes no importa que uno de los esposos haya producido más pérdidas que ganancias, igual los activos siguen siendo propiedad de ambos en partes iguales. Si están casados por separación de bienes todo dependerá de lo que diga el acuerdo de separación, pero en principio las deudas de uno no tienen que afectar al otro.

  2. MERCEDES SALCEDO dijo:

    INMUEBLE NO REGISTRIDO QUE SE COMIENZA A OCUPAR ANTES DEL MATRIMONIO Y QUE SE EMPIEZA A OCUPAR DURANTE EL MATRIMONIO POR FAVOR ACLARAR CUAL ES LA DIFERENCIA DE LOS DOS ULTIMO PUNTO.

    GRACIAS

    • NATACHU DOMINGUEZ ALVARADO dijo:

      Hola Mercedes. Si el inmueble no registrado se comienza a ocupar antes del matrimonio, no forma parte de la comunidad de bienes. Por el contrario, si el caso es que usted comienza a ocupar un inmueble no registrado estando ya casada por el régimen de la comunidad, este sí se considera parte de la comunidad y por lo tanto pasa a ser propiedad de ambos esposos.

  3. Jesse dijo:

    Mi papa abandono el hogar en el 1994-1995. Despues de casado tuvieron un casa y un vehiculo. Mi papa vendio el carro mientra mi mama esta en los estados unidos y no le dio su parte correspodiente. Ahora el quiere la mitad de la casa. Que me sujieres

    • NATACHU DOMINGUEZ ALVARADO dijo:

      Hola Jesse. Le pido disculpas por la tardanza en contestar, pero había tenido problemas con la página.
      Tu padre tiene razón en reclamar derechos sobre la casa si ellos aún no se han divorciado. Traten de buscar una solución amigable y asesoría profesional para su caso.

      Saludos.

    • NATACHU DOMINGUEZ ALVARADO dijo:

      Hola Aladino. Le pido disculpas por la tardanza en contestar, pero había tenido problemas con la página. Si los inmuebles están a nombre de uno solo de los esposos, pero fueron adquiridos después del matrimonio y bajo el régimen de comunidad, entonces ambos tienen derechos en partes iguales sobre estos. Si fueron adquiridos antes del matrimonio, entonces el propietario es solo el esposo a nombre del cual figuran registrados los inmuebles.

      Saludos.

  4. Ana mercedes hiciano dijo:

    Buenas, si durante el matrimonio se construyó una vivienda encima de mi casa materna, ósea en la segunda planta de la casa de mis padres,, si me divorcio a mi esposo le corresponde el 50%?

    • NATACHU DOMINGUEZ ALVARADO dijo:

      Hola Ana. Si tu esposo y tu están casados bajo comunidad de bienes y construyeron esa mejora con la autorización de tus padres, entonces sí él tendrá derecho al 50% (solo de la mejora). Si deseas quedarte con la mejora completa tienes la opción de pagarle el 50% de su valor. Saludos.

    • NATACHU DOMINGUEZ ALVARADO dijo:

      Hola Eliza. En la República Dominicana cualquiera de los esposos tiene derecho a pedir el divorcio por no sentirse a gusto en la relación, por lo que es poco probable que un tribunal te reconozca una indemnización por el solo hecho de que tu pareja se quiera divorciar. Un abrazo.

Deja un comentario