10 PREGUNTAS Y RESPUESTAS: DIVORCIO EN REPÚBLICA DOMINICANA

Comic de Gaturro1. ¿Cuáles son los motivos por los que me puedo divorciar en República Dominicana?

Por mutuo consentimiento, si ambos están de acuerdo en divorciarse;

– Por incompatibilidad de caracteres, si al menos uno de los dos demuestra que no está feliz en el matrimonio;

– La ausencia (desaparición) de su pareja durante al menos 4 años consecutivos, comprobada por un tribunal;

– El adulterio (infidelidad) de su pareja;

– La condenación de su cónyuge a una pena criminal;

– Los actos de violencia y crueldad o las injurias cometidas por su pareja en su contra;

– El abandono voluntario del hogar hecho por su cónyuge durante al menos 2 años, y;

– La embriaguez o uso habitual de drogas estupefacientes que haga su cónyuge.

2. Si soy dominicana residente en el extranjero, ¿puedo divorciarme en República Dominicana?

Sí.

3. ¿Cuánto tiempo dura un procedimiento de divorcio?

Dependerá del tribunal que esté conociendo su caso y de la voluntad de ambos esposos de divorciarse. Puede durar alrededor de 4 meses si no hay complicaciones.

4. ¿Qué es un divorcio “a vapor”?

Es una especie de divorcio por mutuo consentimiento que puede celebrarse en República Dominicana cuando al menos uno de los esposos es extranjero. Se caracteriza por ser mucho más rápido que los otros tipos de divorcio.

5. ¿Necesito un abogado para poder divorciarme?

Sí, porque el divorcio siempre debe solicitársele a un “juez de primera instancia”, ante el cual las personas deben estar representadas por un abogado.

6. ¿En qué momento puedo volver a casarme con otra persona?

Si es hombre, puede casarse desde que el proceso de divorcio concluya; si es mujer debe esperar al menos 10 meses desde que el divorcio sea definitivo.

7. ¿Qué pasa si nos reconciliamos?

Si el divorcio no ha concluido, la demanda simplemente se extingue, pero es conveniente obtener un acta de desistimiento del tribunal. Si ya concluyó, no hay inconveniente en volver a casarse con la misma persona inmediatamente.

8. ¿Tengo derecho a una pensión (manutención) si me divorcio?

Si es mujer y debe abandonar la residencia familiar, tiene derecho a una pensión alimenticia solamente durante el tiempo que dure el procedimiento de divorcio.

9. ¿Tengo derecho a una indemnización si me divorcio?

Si su divorcio es por mutuo consentimiento definitivamente no. Si es un divorcio por incompatibilidad de caracteres los jueces tampoco han querido reconocer esta posibilidad. Si se divorcia por alguna de las otras causas permitidas por la ley (ver pregunta 1), puede ser que un tribunal le otorgue una indemnización si demuestra que recibió un daño por las actuaciones de su pareja.

10. ¿Qué pasará con nuestros hijos y bienes?

Si tiene hijos puede acordar amigablemente con su pareja quién se va a quedar con la custodia y cómo se van a manejar las visitas, de lo contrario, esto será decidido por un tribunal especial tomando en cuenta las posibilidades de ambos padres y el bienestar de los hijos. De todas formas, la manutención de los hijos menores de 18 años es obligación de ambos, por lo que si usted se queda con la custodia podrá reclamarle al otro padre el pago de una pensión alimenticia para beneficio exclusivo de sus hijos.

Con relación a los bienes pueden hacer una partición amigable o presentar una demanda, contando en cualquier caso con la intervención de un juez. (Ver mi otro post en http://laleydominicana.com/2013/07/10/inmuebles-y-matrimonio/ )

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